La Junta Electoral prohíbe al Ayuntamiento de Borriol difundir sus logros por WhatsApp hasta que finalice el periodo electoral

El contenido del mensaje con información sobre trabajos de mantenimiento y mejora de parajes naturales vulnera lo dispuesto en el art. 50.2 LOREG

Gabinete de prensa del PP de Castellón | 24-05-2016

La Junta Electoral prohíbe al Ayuntamiento de Borriol difundir sus logros por WhatsApp

La Junta Electoral prohíbe al Ayuntamiento de Borriol difundir sus logros por WhatsApp

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La Junta Electoral de zona de Castellón ha atendido de manera favorable la reclamación presentada por el Partido Popular en la que solicitaba la inmediata retirada de la campaña institucional remitida vía WhatsApp por el Ayuntamiento de Borriol a todos los vecinos con información sobre trabajos de mantenimiento y mejora de parajes naturales.

La resolución acuerda, en caso de que el documento esté siendo remitido con fondos públicos, prohibir la difusión de estos mensajes hasta que finalice el periodo electoral, ya que hacen alusión a realizaciones o logros del Ayuntamiento, vulnerando lo dispuesto en el art. 50.2 LOREG.

El art. 50.2 de la LOREG establece que desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de los comicios queda prohibido por los poderes públicos cualquier tipo de acto organizado o financiado que contenga estas referencias.

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